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El 29 de abril de 2025 fue presentado ante la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley Orgánica para la Regulación y Ejercicio de los Agentes de Aduana en el Ecuador. El texto busca que las normas que regulan a los agentes de aduana tengan rango de ley orgánica. Pero ¿qué implicaría esto para el comercio exterior del país y, sobre todo, es factible su aplicación?
Anticipadamente puede señalarse que no es estrictamente necesaria. Con el Informe para Primer Debate del 5 de marzo de 2026, elaborado por la Comisión Especializada Permanente de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana de la Asamblea Nacional, se concluyó con la recomendación de archivo del proyecto, la cual deberá ser sometida a votación en el primer debate del Pleno.
Si bien lo más probable es que el Pleno resuelva el archivo del proyecto en esa etapa, resulta pertinente analizar qué se busca con el proyecto y por qué la propuesta no resultó factible a ojos de la comisión.
Por una parte, la posición del gremio de agentes es contar con una normativa estable, lo que responde a la necesidad de reglas claras que ordenen sus actividades, incentiven la seguridad jurídica, protejan las fuentes de trabajo del sector y limiten la informalidad. En el corto plazo, el proyecto incluso podría fortalecer al gremio, ya que funcionaría como un “candado legal” que dificultaría cambios frecuentes en la regulación.
Sin embargo, a diferencia de otros sectores, el comercio exterior es dinámico, por lo que su regulación debe adaptarse constantemente y elevar esta ley al rango de ley orgánica, según la Constitución del Ecuador, implica perder flexibilidad para realizar reformas o derogatorias, necesarias dentro de las políticas comerciales de cualquier país. Se debe entender que el ordenamiento jurídico ecuatoriano no se limita al ámbito interno, sino que se integra al derecho comunitario y a normas internacionales. Ecuador es miembro de la Comunidad Andina, de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por lo que debe adecuar su normativa a estándares regionales e internacionales que faciliten el comercio.
Según el informe para primer debate, convertir esta regulación en una norma orgánica podría limitar la capacidad del país para adaptarse a estos compromisos. Desde el ámbito material de la norma, el informe también señala que el proyecto no llena vacíos legales ni optimiza el ordenamiento jurídico, sino que en gran medida repite disposiciones ya contenidas en el COPCI, el Reglamento al Título de Facilitación Aduanera y la Resolución No. SENAE-SENAE-2019-0077-RE principalmente.
Asimismo, se advierte un conflicto respecto a la responsabilidad solidaria de los agentes de aduana, ya que el proyecto los exonera en materia de clasificación arancelaria, trasladando esta responsabilidad al OCE importador o exportador. Esto resulta problemático, pues la licencia del agente justamente busca garantizar la preparación técnica de quienes realizan los despachos aduaneros. Asimismo, el proyecto permitiría al agente acceder a datos de terceros bajo el precepto de interés legítimo, lo que en la práctica implicaría acceso a información comercial que podría afectar a otros operadores de comercio exterior.
Finalmente, aunque el archivo del proyecto parece inminente, es necesario señalar que la posición del gremio resulta entendible frente al deseo de mayor seguridad jurídica. Esto se debe, entre otras razones, a que en los últimos años los directores de aduana han reformado en varias ocasiones el reglamento de agentes. A ello se suma que el mercado cambió tras la autorización de alrededor de 80 nuevas licencias en la última convocatoria, lo que incluso obligó a la adopción de regulaciones de último momento, como la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2024-0013-RE, que de un día para otro modificó las reglas para autorizar nuevas licencias sin previo aviso ni socialización.
A este escenario también se añade la competencia desleal en el sector, donde distintos operadores ofrecen sus servicios por debajo de la tabla de honorarios que rige para los despachos aduaneros, dentro de un mercado logístico cada vez más competitivo. Lo cierto es que la política aduanera se encuentra en constante cambio, por lo que los despachantes aduaneros deben mantenerse atentos al desenlace del proyecto de ley y establecer los avances en la profesionalización del sector y en la mejora de sus condiciones que podrían alcanzarse, por ahora, mediante mayores acercamientos y mecanismos de coordinación con la administración aduanera.
Autor:
Ab. Alejandro Molina | amolina@vastemm.com
Fuentes:
Comisión Especializada Permanente de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, Informe para primer debate del Proyecto de Ley Orgánica para la Regulación y Ejercicio de los Agentes de Aduana en el Ecuador (Quito, D.M., 5 de marzo de 2026).
Pedro Velasco Erazo, Oficio No. AN-VEPR-2025-0013-O dirigido a la Presidenta de la Asamblea Nacional para la presentación del Proyecto de Ley Orgánica para la Regulación y Ejercicio de los Agentes de Aduana en el Ecuador (Quito, D.M., 29 de abril de 2025), Asamblea Nacional del Ecuador.