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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador – SENAE publicó la Resolución Nro. SENAE-SENAE-2025-0076-RE, de fecha 28 de julio de 2025. La norma dispone que todo viajero que ingrese o salga del país con USD $10,000 o más en efectivo, valores negociables o metales y piedras preciosas debe registrar y presentar el Formulario de Registro Aduanero (FRA).
En el caso de joyas o metales preciosos que superen dicho monto, el SENAE y la ARCOM evaluarán su valor y podrán aplicar sanciones, conforme a los montos y normativas vigentes para la exportación de minerales.
Este trámite es obligatorio y tiene como finalidad reforzar los controles establecidos en la reciente «Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos»